Ayuntamiento de
Zumaia
Sede electrónica
Fecha y hora Fecha y hora oficial:

Instancia general

¿QUÉ ES? ¿PARA QUÉ?

Recepción-entrega de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento o a otras administraciones.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Cualquier persona interesada o su representante.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Instancia general

Dependiendo del tipo de procedimiento que deba incoarse a partir de la solicitud, habrá una documentación mínima exigible.

Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación.

¿DÓNDE SE SOLICITA?

    Presencial:
  • Servicio SAC del Ayuntamiento
    Foruen plaza 1 20750 ZUMAIA
    8:00-14:00
    943 865025

      Correo ordinario:
    • En Correos, a través de un correo administrativo (sobre abierto)
      Patxita Etxezarreta 21A 20750 ZUMAIA

              ¿CUÁNTO CUESTA?

              El registro del documento es gratuito, si bien se deberá comprobar que el documento registrable está sometido a tasa o impuesto de pago en el acto.

              PLAZO DEL PROCEDIMIENTO

              • Plazo estimado: 3 meses tras el registro de la solicitud
              • Procedimiento habitual. Plazo limite legal: 3 meses
              • Carácter del silencio administrativo: Negativo.

              NORMATIVA APLICABLE

              PROCEDIMIENTO A SEGUIR DESPUÉS DE LA SOLICITUD

              1.- Recoger y comprobar la solicitud y, en su caso, documentación que la acompaña y cotejar las copias de los documentos con el original.

              2.- Registrar la solicitud teniendo en cuenta que:

              -El registro debe ir a nombre del interesado, no del representante.

              -Hay que anotar siempre el NIF: DNI, NIE o CIF.

              -Recoger siempre teléfono/s de contacto y, a poder ser, el e-mail.

              3.- Escanear el documento o documentos y subirlos al Registro. Si son varias hojas y están encuadernadas basta con la portada.

              4.- Si la persona solicitante así lo pide, copia de la instancia sellada, con la fecha y nº de registro.

              5.- Remitir los documentos registrados al Área correspondiente.

              ¿QUIÉN LO APRUEBA?

              Organo administrativo correspondiente

              DEPARTAMENTO MUNICIPAL RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN

              Secretaría - Secretaría

              OBSERVACIONES

              -Ley 39/2015 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

              -Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

              -Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de Ciudadanos a los Servicios Públicos.

              PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

              Nombre del Fichero: Registro de entrada

              Código AVPD: 201

              Finalidad del fichero:Gestionar y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública, quejas, sugerencias y reclamaciones, denuncias e incidencias en servicios e instalaciones, atención en materia de registros, peticiones de cita previa y demás servicios municipales de atención a la ciudadanía. También para gestionar los escritos y comunicaciones que entran y salen del Ayuntamiento y dejar constancia oficial de los mismos.De igual manera, se realizan trámites relacionados con los objetos perdidos en coordinación con la policía municipal.

              Cesiones previstas:No se realizarán comunicaciones de datos.

              Nota: Con el fin de gestionar el objeto de la solicitud, puede que la solicitud sea incorporada a otro fichero.

              El/la firmante consiente que sus datos personales sean objeto de tratamiento, así como su cesión, si está previsto.

              Se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición ante el Ayuntamiento.

              Más información: zumaia.eus/es/udala/datuen_babesa.