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Subvenciones a asociaciones que desarrollan sus actividades en el ámbito de los servicios sociales

¿Qué es? ¿Para qué es?

Regular las condiciones para concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollan su actividad en el ámbito de los servicios sociales en el municipio de Bergara.

Estas subvenciones las publica el ayuntamiento anualmente. Véasa: Subvenciones

¿Quién puede solicitarlo?

Las asociaciones legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, que desarrollen sus actividades en el ámbito de los servicios sociales establecidos en esta convocatoria, y principalmente destinadas a colectivos con problemas de discriminación, minusvalía, a la tercera edad o cualquier otro colectivo que precise de servicios sociales. Así mismo, que estén inscritas en la Comunidad Autónoma Vasca o Navarra, y que tengan su sede social, una delegación o una estructura administrativa permanente en Bergara o Debagoiena-Alto Deba.

Documentación a presentar

Para solicitar las subvenciones, se deberán presentar los siguientes documentos, debidamente cumplimentados y firmados:

- Solicitud de subvención, utilizando el impreso F0098A (D01)

- Solicitud de subvención - Memoria del proyecto, utilizando el impreso F0098 (D12)

- Solicitud de subvención - Presupuesto, utilizando el impreso F0098 (D14).

- Solicitud de subvención - Datos de la asociación, utilizando el impreso F0098 (D17)

- Autorización para realizar trámites municipales, utilizando el impreso F0136.

Nota: Respecto a las asociaciones, propiamente la representación legal de una asociación la ostenta su presidente, que es quien debería presentar las solicitudes, en cuyo caso no sería necesario presentar el impreso F0136. Sí que debe presentar el documento del Registro de Asociaciones donde conste que esta persona es quien ostenta la presidencia.

El/La presidente puede otorgar poder notarial a favor de otra persona, en cuyo caso esta debería presentarlo.

Si la solicitud no la realiza el/la presidente ni la persona con poder notarial, uno/a u otra deberán conceder autorización a una tercera persona mediante el impreso F0136, al que se deberá adjuntar una copia del documento del registro citado en el punto anterior, además del DNI de la persona que ostenta la presidencia o cuenta con poder notarial.

Existe la posibilidad de ejercer la representación voluntaria: (aquí)

En caso de que la solicitud no sea presentada mediante los impresos indicados en este artículo, la misma no será admitida. Así mismo, aun utilizando los impresos, si no se cumplimentan todos los apartados y no figura la información sobre la valoración de los proyectos, dichos puntos quedarán sin valorar.

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La justificación de la subvención se realizará antes del 31 de enero de 2025.

La justificación de la subvención se deberá realizar mediante la presentación de la documentación indicada a continuación. Los impresos deberán presentarse debidamente cumplimentados y firmados.

a.- Solicitud de abono de la subvención, utilizando el impreso F0098 (D20)

b.- Balance, utilizando el impreso F0098 (D22)

c.- Desviaciones sustanciales respecto al presupuesto, utilizando el impreso F0098 (D23)

d.- Relación clasificada de gastos, utilizando el impreso F0098 (D24)

e.- Relación clasificada de ingresos, utilizando el impreso F0098 (D25)

f.- Memoria justificativa del proyecto, utilizando el impreso F0098 (D28). Tendrá como máximo 6 folios de tamaño A-4, escritos por una sola cara, con letra Arial 11 e interlineado de 1,5 puntos.

g.- Autorización para realizar trámites municipales, en caso necesario (impreso F0136).

h.- Una relación detallada de otros ingresos o ayudas económicas que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación de su importe y procedencia, y adjuntando su documentación. En caso de no haber recibido ninguna otra ayuda, deberán hacerlo constar así.

i.- Documentación gráfica sobre las actividades programadas (carteles, programas de mano, folletos, material escrito distribuido, notas de prensa, etc.).

¿Dónde se solicita?

        MÁS INFORMACIÓN:

        Servicios Sociales
        943 779 100 - luz. 1210

        Coste

        El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.

        Plazo de resolución

        • Plazo estimado: Dos meses.
        • Plazo legal: Dos meses.
        • Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.

        Normativa legal

        Procedimiento a seguir después de la solicitud

        • Recoger la solicitud, comprobar la documentación, registrar la entrada y facilitar recibo a la persona solicitante.
        • Remitir al departamento responsable de la tramitación la solicitud y la documentación.
        • Informe técnico, Servicios sociales.
        • Dictamen de Comisión Informativa de Ciudadania.
        • Resolución, Decreto de Alcaldía.
        • Notificar a la persona solicitante.

          Órgano de resolución

          Alcalde/Alcaldesa

          Departamento responsable de la tramitación

          Ayuntamiento de Bergara - Servicios Sociales y Fomento de la Actividad Económica

          Notas

          La convocatoria se publica anualmente y el plazo de solicitud se especifica en cada convocatoria.

          Protección de datos de carácter personal

          Los datos personales contenidos en las solicitudes serán tratados bajo la responsabilidad del Ayuntamiento de Bergara, con el fin de tramitar la misma. Podrán ejercitarse los derechos amparados por la normativa vigente, dirigiéndose a la siguiente dirección:

          Bergarako Udala

          San Martin Agirre Plaza 1

          20570 Bergara

          La información complementaria se encuentra recogida en el Registro de Actividades de Tratamiento de Datos (www.bergara.eus/RAT).