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Urnieta
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Fondo de Bienestar Social (FBS)

¿QUÉ ES? ¿PARA QUÉ?

Es una prestación económica de carácter periódico para las personas que, bien por su avanzada edad o por su incapacidad, no pueden acceder a un trabajo ni disponer de otros ingresos con que atender sus necesidades básicas.

Hay dos tipos:

  • ancianidad
  • discapacidad

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Se deben cumplir los siguientes requisitos:

Generales:

  • Tener residencia legal y estar empadronado en Urnieta.
  • Tener unos ingresos inferiores a 2.098,04 anuales en caso de vivir solo/a.

Si quien hace la solicitud forma parte de una unidad familiar, la renta per capita de dicha unidad debe ser inferior al importe mencionado de 2.098,04 .

Pensión por ancianidad:

  • Haber cumplido la edad de 65 años

Pensión por invalidez:

  • Tener una edad superior a 16 años e inferior a 65.
  • Tener reconocida una discapacidad a partir de un 45% y una puntuación en el baremo específico de dificultad de acceso al trabajo.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

- Impreso de solicitud según modelo normalizado.

- Consentimiento de las personas interesadas, para que los Servicios Sociales soliciten aquellos datos y documentos necesarios para la gestión de la ayuda a otras administraciones públicas, en su caso.

- Escrito de representación, en su caso.

- DNI del interesado, si hubiera menores el libro de familia también.

- En caso de representación voluntaria, DNI del representante.

- Modelo de notificación de titular y cuenta.

- Empadronamiento y convivencia.

- Titularidad de la cuenta corriente.

¿DÓNDE SE SOLICITA?

    Presencial:
  • Oficina Bertan
    San Juan 5 20130 URNIETA
    7:30-14:30
    943008000
    943008037

            Correo certificado (Sobre abierto en la Oficina de Correos) dirigido a:
          • Ayuntamiento de Urnieta
            San Juan 5 20130 URNIETA

              Para concertar cita con la trabajadora social:
            • 943008000

                  Para poner en marcha el servicio:
                • Es necesario concertar cita con la trabajadora social.

                  ¿CUÁNTO CUESTA?

                  Gratuito

                  PLAZO DEL PROCEDIMIENTO

                  • Plazo estimado: 2 meses
                  • Procedimiento habitual. Plazo limite legal: 3 meses
                  • Carácter del silencio administrativo: Negativo

                  NORMATIVA APLICABLE

                  PROCEDIMIENTO A SEGUIR DESPUÉS DE LA SOLICITUD

                  Remisión de la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

                  ¿QUIÉN LO APRUEBA?

                  Diputación Foral de Gipuzkoa

                  DEPARTAMENTO MUNICIPAL RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN

                  No corresponde

                  OBSERVACIONES

                  PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

                  Actividad de tratamiento: ACCIÓN SOCIAL

                  Fines y licitud:Gestión de solicitudes y expedientes relacionados con ayudas sociales de acuerdo a Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local LEY 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales de Euskadi.

                  Cesiones previstas:Los datos personales podrán ser comunicados a Administraciones Públicas con competencia en materia de acción social como Diputación, Gobierno Vasco u otras entidades forales y privadas

                  Nota: La persona interesada tiene derecho de acceso, rectificación, supresión de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento mediante el envío de una comunicación a la dirección del Ayuntamiento o al correo electrónico dbo-dpd@urnieta.eus.

                  Más información: registro de actividades de tratamiento [PDF]